Un juicio de alimentos es un proceso de carácter civil que se tramita ante los juzgados de la familia, mujer, niñez y adolescencia del domicilio del hijo/a menor de edad. En este juicio se definirá el monto que el demandado deberá pagar por concepto de alimentos al hijo menor de edad o solicitante.
La pensión de alimentos procede aún en los casos en que el alimentado y el obligado convivan bajo el mismo techo.
¿Quiénes intervienen en un juicio de alimentos?
Podrán iniciar un juicio por pensión alimenticia, las niñas, niños y adolescentes, salvo los emancipados voluntariamente que tengan ingresos propios; asimismo, los adultos hasta la edad de 21 años que demuestren que se encuentran cursando estudios en cualquier nivel educativo y de cualquier índole. También son sujetos para percibir la pensión alimenticia las personas de cualquier edad, que padezcan de una discapacidad o sus circunstancias físicas o mentales que les impida o dificulte procurarse los medios para subsistir por sí mismas.
¿Quiénes deben pagar los alimentos?
Los padres son los titulares principales de la obligación alimentaria aún en los casos de limitación, suspensión o privación de la patria potestad.
Sin embargo, se podrá demandar la pensión de alimentos a obligados subsidiarios en caso de: ausencia, impedimento, insuficiencia de recursos o discapacidad de los obligados principales. Cualquiera de estar circunstancias tendrán que ser debidamente probadas, de esta manera el juez ordenará que se pague la prestación de alimentos en atención a su capacidad económica siempre y cuando no posean alguna discapacidad.
Serán obligados subsidiarios las siguientes personas:
- Los abuelos/as
- Los hermanos/as que hayan cumplido 21 que no se encuentren estudiando o posean una discapacidad
- Los tíos/as.
¿Cuánto se debe pagar por la pensión alimenticia?
El Ministerio encargado de asuntos de inclusión económica y social, definirá la tabla de pensiones alimenticias, misma que responde a parámetros con base en las necesidades básicas del alimentado de acuerdo a su edad; los ingresos y recursos de él o los alimentantes, apreciados en relación con sus ingresos ordinarios y extraordinarios, gastos propios de su modo de vida y de sus dependientes directos; estructura, distribución del gasto familiar e ingresos de los alimentantes y derechohabientes; e inflación. El juez encargado del proceso en ningún caso podrá fijar un valor menor al determinado en la Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas.
¿Qué se requiere para presentar una demanda de pensión alimenticia?
Para iniciar una demanda de pensión alimenticia necesitará los siguientes requisitos:
- Información del o la solicitante, así como del alimentante:
- Nombres y apellidos
- Dirección domiciliar
- Dirección de trabajo
- Teléfono
- Cédula de identidad
- Fecha de nacimiento
- Estado civil
- Ocupación
- Es preciso describir los hechos que sustenten la solicitud.
- Se deberá indicar el monto que se pretende recibir, el cual será acorde a lo indicado en la tabla de pensiones alimenticias mínimas.
- Partida de nacimiento del hijo/a menor de edad o del solicitante.
- En caso de que el demandante sea mayor de edad, deberá adjuntar los documentos que acrediten que continua estudiando.
La información presentada no representa de ninguna forma un consultoría jurídica y deberá ser tomada como informativa y de perspectiva.
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