Una persona puede ser aprehendida en flagrancia cuando presuntamente se cometió un supuesto delito hasta 24 horas después del hecho.
Esto significa que una persona es aprehendida si la fuerza pública u otras personas hayan presenciado el supuesto ilícito hasta 24 horas luego de la supuesta infracción.
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Se debe tomar en cuenta que la persona debe tener en su posesión armas, instrumentos producto del ilícito y huellas o documentos relativos a la infracción.
Es muy importante poner en conocimiento inmediatamente de esta aprehensión a un abogado especialista en derecho penal ya que la audiencia de flagrancia deberá instalarse máximo en 24 horas luego de la aprehensión. En este tiempo se debe actuar inmediatamente para entender la situación de la aprehensión y poder preparar un defensa que permita ejercer el derecho a la defensa de una forma técnica y eficaz.
En la audiencia de flagrancia se deberá determinar la legalidad de la aprehensión y determinar si la misma fue legal.
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La fiscalía de considerarlo necesario, formulará cargos y de ser pertinente solicitará las medidas cautelares y de protección que el caso amerite y se determinará el proceso correspondiente.
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La información presentada no representa de ninguna forma un consultoría jurídica y deberá ser tomada como informativa y de perspectiva.
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