Corte Constitucional del Ecuador · Improcedencia de Acción de Protección

Jurisprudencia Constitucional

Actualizado al 8 de abril de 2026

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Supuesto / EstándarResolución · Sentencia
1Cobro de cheques.
1357-13-EP/20
2La extinción de una obligación proveniente de una relación contractual.
1101-20-EP/22
3La impugnación de un visto bueno en la que únicamente se aleguen transgresiones de derechos laborales y no otro tipo de derechos como la discriminación, trabajo forzoso o esclavitud.
1679-12-EP/20
253-16-EP/21
1329-12-EP/22
4Cuando los accionantes activaron, en primer lugar, la vía ordinaria y posteriormente pusieron una acción de protección con fundamento en los mismos hechos, cargos y pretensiones.
2901-19-EP/23
5No procede la acción de protección para la declaración del incumplimiento de un contrato.
1580-18-EP/23
6Cuando resulta evidente concluir que existía otra vía idónea y eficaz en la justicia ordinaria, en el caso concreto para exigirse la declaratoria de la prescripción adquisitiva de dominio.
1178-19-JP/21
7Cuando la pretensión consista en anular un acta de defunción proveniente de una sentencia ejecutoriada de muerte presunta.
165-19-JP/21
8Cuando se busca dejar sin efecto una infracción de tránsito por una supuesta falta de citación.
461-19-JP/23
9Cuando busca ordenar medidas cautelares administrativas en procesos de propiedad intelectual.
446-19-EP/24
10Para la declaratoria de derechos laborales provenientes de un contrato colectivo.
1452-17-EP/24
11Cuando se impugnan actos administrativos sobre conflictos laborales entre el Estado y sus servidores públicos, como la terminación de contratos de servicios ocasionales, la finalización de nombramientos provisionales, la homologación salarial, la supresión de partidas, liquidación, entre otras; el conocimiento del caso le corresponde a la vía contencioso administrativa. Esta excepción procede por regla general, a menos que el caso se refiera a asuntos que comprometan notoria o gravemente la dignidad o autonomía del servidor.
2006-18-EP/24
12No procede acción de protección sobre asuntos netamente técnicos de contratación pública cuya pretensión sea la declaración de un derecho (reconocer al oferente triunfador del proceso licitatorio y adjudicar un contrato).
1765-21-EP/24
13Improcedencia de la acción de protección para resolver conflictos relativos esencialmente a la determinación de un despido intempestivo.
797-20-EP/24
14En este caso se conoció y resolvió una controversia que versaba sobre asuntos netamente técnicos cuya pretensión reflejaba que la acción de protección fue manifiestamente improcedente —al verificarse que la litis se trabó sobre un asunto de mera legalidad y obligó a dejar sin efecto un proceso coactivo por parte del SENAE.
2555-21-EP/24
15La determinación de si la imposición de multas se dio a través de los procedimientos y mecanismos previstos en el Contrato es una cuestión que requiere de la revisión de la ejecución de las obligaciones contractuales, el cumplimiento de lo establecido en el contrato y su análisis pormenorizado, lo que escapa de las competencias de los jueces constitucionales mediante acción de protección.
1692-21-EP/24
16La vía constitucional no puede ser utilizada para conocer asuntos meramente contractuales ni patrimoniales. El asunto objeto de la acción de protección trata de una controversia que surge de un posible incumplimiento dentro de una relación contractual. Loraver acudió a la vía constitucional para buscar el reintegro de sus vehículos basado en el contrato celebrado, para así seguir beneficiándose por este servicio comercial.
3012-22-EP/24
17No procede la acción de protección cuando busca la inscripción de la partición extrajudicial de un terreno.
1596-20-EP/24
18Se planteó una acción de protección para buscar resolver asuntos de índole presupuestario. Se pretendió que la Función Judicial actúe por fuera de las facultades o potestades constitucionales que la caracterizan, pretendiendo que se resuelvan "disputas inter orgánicas" respecto del Presupuesto General del Estado y su manejo.
2731-23-EP/24
19Se pretendió y argumentó sobre la declaración del silencio administrativo en favor de la cooperativa accionante.
665-18-EP/24
20No procede una acción de protección para lograr la cuantificación del justo precio o estar en desacuerdo con este cuando sí hubo expropiación.
400-24-EP/24
21Se planteó una acción de protección por un asunto meramente patrimonial al pretender el pago de una regalía por la transmisión de la imagen y marca de la accionante.
2539-18-EP/24
22Un colegio presentó una acción de protección para evitar el cumplimiento de una sanción impuesta por el Ministerio de Educación.
3043-19-EP/24
23Esta Corte considera que se desnaturaliza el objeto de esta garantía jurisdiccional si lo que busca el accionante, se encuentra que —de manera implícita— se está solicitando que se determine la propiedad de un bien, lo cual no es el objetivo de la acción de protección.
17-21-EP/25
24Resulta manifiestamente improcedente declarar una vulneración del derecho a la propiedad, cuando el accionante pretende a través de la acción de protección instar a un municipio a iniciar un proceso de expropiación en un caso en el que no se configura una violación al derecho constitucional a la propiedad.
522-20-JP/25
25La Corte determinó que la acción de protección no es la vía adecuada para declarar el derecho a la restitución de dinero a propósito del cuestionamiento del hectareaje de un bien adjudicado.
2012-22-EP/25
26Las demandas de acción de protección referidas exclusivamente a asuntos patrimoniales son manifiestamente improcedentes. En este caso se presentó una acción de protección en contra de Construgenco, sosteniendo que dicha compañía registró a la Sra. Pincay como propietaria del 50% de las acciones del fallecido Sr. Heredia, con quien habría mantenido una unión de hecho, a pesar de que los derechos sucesorios estaban en litigio.
3372-22-EP/25
27La compañía actora planteó la acción de protección para asegurar un nuevo avalúo de un inmueble acorde con los intereses económicos de la empresa. Caso de manifiesta improcedencia.
2010-22-EP/25
28Improcedencia de la acción de protección planteada por consejero del CPCCS para dejar sin efecto una providencia judicial.
1094-23-JP/25
29Los jueces en la acción de protección dispusieron medidas que propendieron o conllevaron a la entrega de fondos públicos, del Presupuesto General del Estado a una institución estatal con la finalidad de solventar una deuda entre entidades estatales.
2201-21-EP/25
30Se planteó una acción de protección para dejar sin efecto un auto de pago y condonar una obligación derivada de aquel, dentro de un proceso coactivo por deudas crediticias.
2300-21-EP/25
31La pretensión de la actora resultaba manifiestamente improcedente en el marco de una acción de protección, puesto que la resolución de la controversia requería de un tribunal especializado que declare la legalidad o ilegalidad de un acto administrativo y disponga el reintegro a su puesto de trabajo, sin que evidencie algún elemento especial en el caso de origen que revista de relevancia constitucional.
1956-22-EP/25
32Se presentó una acción de protección para impugnar la legalidad de una resolución sobre concesión de ruta y frecuencia de cooperativas de transporte.
3233-21-EP/25
33La acción de protección era manifiestamente improcedente, ya que, además de tratarse de una relación laboral entre el Estado y un servidor público, los asuntos que se plantearon en ella se refirieron a la inexistencia de pruebas suficientes y la apreciación de actos de simple administración dentro del sumario administrativo para establecer la responsabilidad disciplinaria, cuestiones que corresponde al control de legalidad, por lo que el conocimiento del asunto corresponde a la jurisdicción contencioso administrativa.
497-22-EP/25
34La Corte Constitucional aceptó una acción extraordinaria de protección dirigida en contra de una sentencia de apelación dictada en una acción de protección que aceptó una demanda sobre un asunto netamente laboral y que emitió medidas de reparación a favor de un amicus curiae. La Corte determina que la mencionada sentencia vulneró los derechos a la seguridad jurídica al haber aceptado una acción de protección manifiestamente improcedente.
1791-22-EP/25
35La Sala Multicompetente de la Corte Provincial de Justicia de Los Ríos declaró que incurrieron en error inexcusable por haber desnaturalizado la garantía jurisdiccional de hábeas data, utilizándola como un mecanismo para ejecutar el pago de haberes dispuestos en acciones de protección.
1399-22-EP/25
36No procede acción de protección para declarar la filiación entre personas extranjeras y nacionales por "posesión notoria". Caso ciudadanas iraníes.
1045-20-EP/25
37La Corte Constitucional acepta la demanda de acción extraordinaria de protección al verificar que los jueces de apelación al emitir la decisión de mayoría vulneraron el derecho a la seguridad jurídica porque desnaturalizaron la acción de protección al aceptar la pretensión de que se aclaren los efectos de una sentencia emitida por la Corte Constitucional.
2924-22-EP/25
38Acción de protección manifiestamente improcedente con la cual se dispuso: 1) dejar sin efecto dos resoluciones emitidas por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros que negaron el reclamo del accionante en cuanto al pago de una póliza de seguro por parte de una aseguradora, 2) dejar en firme una resolución favorable al accionante, y 3) disponer que la determinación del monto se tramitaría en juicio sumario al tratarse de particulares.
3018-22-EP/25
39Acción de protección manifiestamente improcedente al aceptar la impugnación de una resolución de visto bueno emitida por la inspectoría de trabajo.
754-22-EP/25
40Improcedencia desnaturalizante de la acción de protección, al haber dejado sin efecto obligaciones contraídas por una compañía frente a terceros.
3154-22-EP/25
41Acción de protección que es manifiestamente improcedente al versar sobre un asunto de naturaleza estrictamente laboral, pues pretendía que se conozca el despido intempestivo de un servidor de una empresa pública.
917-23-EP/25
42Acción de protección manifiestamente improcedente, por cuanto la controversia versaba sobre un tema de mera legalidad que debía ser tramitado en la vía contencioso-administrativa.
2632-22-EP/25
43La acción de protección dispuso (i) dejar sin efecto la reactivación de una compañía, los nombramientos de su gerente y presidente, y el registro de su cambio de objeto social y estatuto, así como (ii) la liquidación de la compañía. La Corte declara la vulneración de los derechos a la defensa y a la seguridad jurídica de la compañía, al verificar que: (i) esta no fue parte del proceso y quedó en indefensión; y, (ii) la acción de protección era manifiestamente improcedente.
1983-22-EP/25
44Acción de protección manifiestamente improcedente, por tratarse de cuestiones meramente contractuales.
3141-21-EP/25
45Acción de protección manifiestamente improcedente, ya que la misma fue planteada para dejar insubsistentes actos administrativos cuya esfera corresponde a la vía contenciosa administrativa.
3064-22-EP/25
46Acción de protección cuya controversia versaba sobre homologaciones salariales y reliquidaciones de haberes laborales de 91 policías municipales.
2376-22-EP/25
47Se impugnaron (vía acción de protección) actos administrativos tributarios que versan sobre la facultad determinadora del SRI.
934-21-EP/25
48El litigio materia de la acción de protección versó sobre la extinción de obligaciones, en este caso de fuente contractual.
174-22-EP/25
49No cabe plantear acción de protección luego de la emisión de una sentencia definitiva en la jurisdicción contencioso-tributaria, sustentada en los mismos hechos, cargos y pretensiones.
357-23-EP/25
50Se desnaturaliza la acción de protección cuando se presenta con el fin de determinar la titularidad del predio en conflicto.
17-21-EP/25
51Se desnaturaliza la acción de protección cuando se trata de un asunto eminentemente laboral.
224-23-JP/24
52Se desnaturalizó una acción de protección porque se planteó en contra de una orden de incautación dispuesta por un juez penal.
3638-22-JP/24
53Se desnaturaliza la acción de protección cuando se la utiliza como un medio para ejecutar presuntas obligaciones del Estado ecuatoriano ordenadas por un Dictamen emitido por un Organismo Internacional en materia de DDHH.
2572-22-JP/24
54Se utilizó la acción de protección como un mecanismo para ordenarle al Banco Territorial S.A. "En Liquidación" que registre una acreencia en la misma institución financiera e incidir en su forma de liquidación, a pesar de que se encontraba retenida por una medida cautelar ordenada en un proceso penal.
2203-23-EP/25
55Existió desnaturalización de la acción de protección porque se declaró la vulneración de derechos sin la existencia clara o determinable de sus titulares.
372-23-EP/24
56Se presentó la acción de protección para impugnar la legitimidad de un acuerdo ministerial cuyas pretensiones, por su contenido y efectos, debían resolverse en la jurisdicción contencioso-administrativa.
142-19-EP/25
57Acción de protección manifiestamente improcedente por tratarse de temas de contratación pública, relacionadas con la terminación unilateral de un contrato público.
114-22-EP/25
58Acción de protección manifiestamente improcedente porque se planteó con el fin de que se deje sin efecto un acta de determinación tributaria por la supuesta incorrección en el establecimiento de la base imponible. Además, porque se superpuso una sentencia de acción de protección a una dictada ya en sede contencioso-tributaria, presentadas por los mismos hechos, cargos y pretensiones.
278-23-EP/25
59Acción de protección cuya controversia versaba sobre la legalidad de la desvinculación de un funcionario de Petroecuador a través de un despido intempestivo. En la acción de protección de origen, el actor alegó que, por ser un servidor público de carrera con nombramiento definitivo, no podía ser desvinculado con la figura del despido intempestivo.
1543-23-EP/26
60Acción de protección desnaturalizada al aceptar una demanda colectiva cuya pretensión implícitamente fue declarar la responsabilidad patronal de Petroecuador frente a los riesgos laborales supuestamente no atendidos y disponer el pago de 120 millones de dólares.
253-24-JP/26
61La acción de protección se limitó a cuestionar un asunto relativo a la relación laboral entre el Estado y un servidor judicial, sin que haya elementos sobre la notoria o grave afectación a la dignidad o autonomía del servidor judicial, ni que el caso requiera una respuesta urgente por las circunstancias que lo rodeen. Además, la vía contencioso administrativa había sido activada previamente.
3032-22-EP/26
62La acción de protección afectó a tres decisiones ejecutoriadas de la justicia ordinaria, lo que desnaturalizó la garantía.
2011-22-EP/26
63Los jueces que resolvieron esta acción de protección se pronunciaron sobre la caducidad de la facultad determinadora de la Contraloría para así declarar la nulidad del acto administrativo impugnado, sin tomar en cuenta que a los jueces constitucionales, al conocer una acción de protección, no les corresponde evaluar la legalidad de actos administrativos ya que son cuestiones manifiestamente improcedentes.
1403-23-EP/26
64En esta acción de protección la pretensión del actor estaba relacionada con la declaratoria de un derecho, al pretender que le otorguen judicialmente un ascenso policial, que no se le habría concedido por falta de vacantes orgánicas. La Corte Constitucional indicó que se trató de un caso de manifiesta improcedencia.
2101-23-EP/26
65Desnaturalización de la acción de protección porque se declaró el derecho de propiedad en favor de los accionantes.
1865-22-EP/26
66Se presentó una acción de protección para que se deje sin efecto la inscripción de una sentencia de prescripción adquisitiva de dominio emitida en la justicia ordinaria.
1998-23-EP/26
67Se presentó una acción de protección para impugnar la resolución del sumario administrativo que concluyó en la destitución de un docente por acoso sexual.
2769-22-EP/26
68Se presentó una acción de protección manifiestamente improcedente por tratarse de un asunto netamente laboral y extendieron los efectos de su sentencia a los amici curiae.
813-22-EP/26
69Se presentó una acción de protección sobre un asunto estrictamente laboral.
2280-23-EP/26
70No procede una acción de protección para reclamar exclusivamente la homologación salarial y la reliquidación de haberes laborales de trabajadores.
2512-23-EP/26
71Se aceptó una acción de protección manifiestamente improcedente, que recayó en un escenario de terminación unilateral y anticipada de un contrato público.
3327-22-EP/26
72Se aceptó una acción de protección cuya controversia versaba sobre la legalidad de dos ordenanzas emitidas por el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Samborondón, provincia de Guayas para establecer el uso de suelo de los predios de la "Lotización Huertos Familiares Río Mar".
2565-23-EP/26
Fuente: Corte Constitucional del Ecuador · Los PDFs se publican conforme las resoluciones quedan disponibles.Crédito: #LaCorteDice por @VeronicaLHM